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Guía · Horas extra

Cómo calcular las horas extra cuando vas a turnos

La hora 41 de una semana no siempre es extra: con jornada irregular manda el promedio, no la semana suelta. Aquí va lo que dice el Estatuto de los Trabajadores sobre cuántas puedes hacer, cuánto te tienen que pagar y cómo comprobarlo en la nómina.

Actualizado: agosto de 2026

Qué cuenta como hora extra en un cuadrante

Es hora extraordinaria todo lo que trabajas por encima de tu jornada ordinaria (art. 35 ET). Con turnos y jornada irregular la referencia no es la semana suelta: si tu convenio distribuye la jornada de forma irregular o anualizada, lo que cuenta es superar el cómputo pactado (anual o del periodo), no pasar de 40 h una semana concreta.

80 htope legal al año (art. 35 ET)
4 mesespara compensarlas con descanso
≥ 1×nunca por debajo de la hora ordinaria

Por eso el registro importa tanto: una semana de 44 h puede quedar compensada con otra de 32 h dentro del mismo periodo de promedio y no generar ni una extra. La discusión de fin de año se gana con los minutos apuntados, no de memoria.

Cuántas puedes hacer al año

El tope general son 80 horas extraordinarias al año. No computan para ese tope las que se compensan con descanso dentro de los 4 meses siguientes, ni las de fuerza mayor (prevenir o reparar siniestros y daños urgentes), que son obligatorias y aparte.

Superar el tope es una infracción grave para la empresa. Si tu contrato es a tiempo parcial, las horas extraordinarias están en general prohibidas: lo que existe ahí son horas complementarias, con sus propias reglas y límites.

Cuánto se pagan como mínimo

La ley fija un suelo, no una tarifa: cada hora extra se paga como mínimo al valor de la hora ordinaria, o se compensa con descanso equivalente. El precio real (¿1,25×? ¿1,75×?) lo pone tu convenio colectivo, así que la cifra concreta hay que buscarla ahí.

SituaciónMínimo legalQuién fija el precio real
Hora extra ordinariavalor de la hora ordinariatu convenio colectivo
Compensada con descansodescanso equivalente, en 4 mesespacto; sin pacto, la ley
Fuerza mayorse paga o compensa igualobligatoria y fuera del tope de 80

¿Pago o descanso?

Lo decide el pacto (convenio o contrato). Y si no hay pacto, la ley elige por ti: se compensan con descanso dentro de los 4 meses siguientes. Ese detalle cambia nóminas: sin acuerdo expreso de pago, la empresa puede darte horas libres en vez de dinero.

Las compensadas con descanso en plazo, además, no computan para el tope de 80. De ahí que a algunas empresas les convenga tanto ese formato: el contador anual nunca sube.

Cómo revisarlo en tu nómina

Tres pasos: registra cada turno con sus minutos reales, compara el total del periodo con tu jornada pactada, y busca en la nómina el concepto de horas extraordinarias con su número y precio. La empresa está obligada a registrar tu jornada diaria y a darte el detalle.

Si el concepto no aparece o el número no cuadra con tu registro, pide el desglose por escrito. Tu propio registro diario vale como base para reclamar; sin él, la conversación empieza perdida.

Cómo lo lleva Kuadri

Kuadri suma cada minuto trabajado por encima de tu jornada y lo valora con tu precio de hora extra, junto a los pluses de noche y festivo. Ves el bruto del mes antes de que llegue la nómina y exportas el detalle a PDF o CSV para compararlo concepto a concepto.

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Preguntas

¿Cuántas horas extra puedo hacer al año?

El tope general son 80 al año (art. 35 del Estatuto de los Trabajadores). No cuentan las compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes ni las de fuerza mayor.

¿Me las tienen que pagar o me pueden dar descanso?

Depende del pacto. Sin pacto, la ley dice descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes. El pago, cuando existe, nunca puede bajar del valor de la hora ordinaria.

Trabajo a turnos con jornada irregular, ¿la hora 41 es extra?

No automáticamente. Si tu convenio promedia la jornada (distribución irregular o cómputo anual), solo es extra lo que supera el cómputo pactado del periodo, no una semana suelta de más de 40 h.

¿Las horas extra son obligatorias?

En general no, salvo que estén pactadas en convenio o contrato. Las de fuerza mayor (siniestros, daños urgentes) sí son obligatorias y quedan fuera del tope de 80.